Herramienta
Checklist de trámites tras un fallecimiento
Una lista para no olvidar nada. Está ordenada por plazos: marca lo que ya tengas hecho —se guarda en tu navegador— y, si quieres, imprímela o guárdala en PDF para tenerla a mano. Cada trámite enlaza con su guía paso a paso.
Primeras 24-48 horas
Lo urgente. Casi todo lo gestiona la funeraria contigo.
Primeros días
Conseguir los documentos que abren el resto de trámites.
A partir de 15 días
El plazo es una espera mínima: estos certificados no se pueden pedir antes. Ojo al matiz: el de últimas voluntades cuenta 15 días hábiles y el de seguros, 15 naturales.
Antes de 30 días hábiles
Solo si el fallecido cobraba una pensión.
Antes de 6 meses
El plazo que no perdona: aquí están los impuestos. Apúntalo.
Cuando proceda
Trámites de bienes concretos, sin un plazo tan rígido.
Preguntas frecuentes
¿En qué orden hago los trámites?
La lista ya va ordenada por plazos. Primero lo urgente (certificado médico, funeraria e inscripción en el Registro Civil), luego los documentos que abren todo lo demás (copias del certificado de defunción y, a partir de 15 días hábiles, el certificado de últimas voluntades) y, por último, lo que tiene fecha límite, sobre todo los 6 meses del impuesto de sucesiones. No hace falta correr: sigue el orden y marca lo que ya tengas hecho.
¿Qué pasa si se me pasa un plazo?
El plazo que de verdad conviene no descuidar es el del impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal: 6 meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga, pero solo dentro de los 5 primeros meses. Presentar fuera de plazo suele conllevar recargos e intereses, así que si ves que no llegas, consulta cuanto antes con la administración correspondiente o con una gestoría.
¿Se guarda lo que voy marcando?
Sí, pero solo en tu propio navegador (en este dispositivo). No se envía a ningún servidor ni podemos verlo nosotros. Por eso, si usas un ordenador compartido, pulsa «Empezar de cero» al terminar para no dejar tu progreso a la vista.
¿Tengo que ocuparme yo de todo esto?
No. Buena parte de lo urgente lo gestiona la funeraria contigo (inscripción en el Registro Civil incluida). Para la herencia y los impuestos puedes apoyarte en una notaría o una gestoría. Esta lista es para que no se te olvide nada, no para que lo hagas todo en solitario ni de golpe.